Los procedimientos de contratación pública tienen por objeto dirigir las actuaciones necesarias para que las adquisiciones se ajusten al interés público y a los principios del Derecho Público. Estos procedimientos procuran regular todo tipo de contratos que se efectúen entre el ente u órgano público contratante y el contratista.
En nuestro país, así como en muchos otros, la Contratacion Administrativa o la Contratación Pública -término más amplio, por el cual se aboga en el Proyecto de Ley que se tramita bajo el expediente legislativo No. 21.546- representa entre un 13% y 15% del PIB costarricense. No cabe la menor duda que es un músculo financiero importante para el Estado, debido a que le permite influir y potenciar la economía del país. Asimismo, cabe resaltar que el año pasado Costa Rica se posicionó en el puesto #7 en el Índice de Transparencia en Contratación Pública.
Sin embargo, el texto que deroga la Ley de Contratación Administrativa vigente continúa sin ser sometida a votación por parte de la Asamblea Legislativa. Hoy, la contratación administrativa sigue acarreando dificultades por falta de estandarización, y afrontándose a abusos y malas prácticas.
Hubiese sido ideal enfrentar los tiempos de COVID-19 con una nueva Ley a nuestra disposición. No obstante, la falta de diálogo con el sector empresarial, la sociedad civil y el público en general con la Comisión, que se encuentra analizándolo, provocó atraso al tener que sustituir el texto original presentado por la Contraloría General de la República para una nueva valoración.
Contrario a otros países, los costarricenses no hemos visto cambios en la contratación administrativa. El Gobierno de España es un ejemplo de ello, debido a que aprobó modificaciones para desarrollar un régimen de reequilibrio económico para ciertos tipos de concesiones adjudicadas por el Estado. Precisamente, el Real Decreto-ley 26/2020, que entró en vigor el 9 de julio de 2020, contiene medidas de máxima relevancia en materia de contratación pública para hacer frente al impacto del COVID-19 y reactivar la economía.
Seguiremos a la espera de que este proyecto de Ley -con o sin Covid-19- se perfeccione y permita simplificar aspectos, corregir deficiencias o vacíos y unificar la normativa nacional sobre esta área del derecho.