Por primera vez en su historia, Costa Rica cuenta con un marco legal robusto y específico para regular el modelo de franquicias. Con la reciente aprobación del Expediente N.º 23.448 (Ley N.º 10867) por parte de la Asamblea Legislativa y su posterior publicación en La Gaceta en marzo de 2026, el país abandona la informalidad regulatoria para ofrecer reglas claras a inversionistas y emprendedores.
Índice
Los 3 pilares de la nueva normativa
Impulso a las Pymes y Proyección Internacional
Un paso hacia la competitividad
Hasta ahora, las franquicias en suelo costarricense se regían principalmente por la autonomía de la voluntad y normas generales del Código de Comercio. Esta nueva legislación busca no solo ordenar el mercado, sino también convertir a las franquicias en un motor de reactivación económica y generación de empleo.
Los 3 pilares de la nueva normativa
La ley introduce cambios sustanciales que afectan tanto a marcas consolidadas (franquiciadores) como a quienes adquieren el derecho de explotación (franquiciados):
1. Transparencia Total: La Circular de Oferta de Franquicia (COF)
Uno de los avances más significativos es la obligación del franquiciador de entregar la Circular de Oferta de Franquicia (COF). Este documento debe proporcionarse al menos 30 días naturales antes de la firma del contrato. Su objetivo es evitar estafas y asegurar que el inversionista conozca con exactitud:
- El estado financiero de la empresa.
- El detalle de la inversión inicial y regalías.
- El territorio de exclusividad y la asistencia técnica que recibirá.
2. Estandarización de Contratos y Derechos
La ley establece un contenido mínimo obligatorio para los contratos, garantizando que aspectos como la propiedad intelectual, la transferencia de conocimiento (know-how) y las cláusulas de no competencia sean justas. Asimismo, se refuerza el derecho del franquiciado a recibir capacitación continua, un elemento vital para el éxito del modelo.
3. Independencia Laboral y Jurídica
Para brindar mayor tranquilidad a las empresas, la normativa aclara un punto que generaba incertidumbre: no existe relación laboral ni solidaridad entre el franquiciador y los empleados del franquiciado. Ambas partes mantienen su independencia jurídica y administrativa, lo que reduce riesgos de contingencias legales para los dueños de las marcas.
Impulso a las Pymes y Proyección Internacional
La legislación no solo mira hacia las grandes cadenas internacionales que han operado en el país desde los años 70, sino que pone un foco especial en el emprendimiento local. Al crear un ecosistema más seguro, se facilita que pequeñas y medianas empresas costarricenses estandaricen sus procesos para expandirse bajo este modelo, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras.
Además, se ha creado un Registro de Franquiciadores administrado por la Cámara de Comercio de Costa Rica. Aunque es de carácter voluntario, este registro servirá como una herramienta de transparencia y trazabilidad, facilitando el acceso a financiamiento y atrayendo inversión extranjera directa.
Un paso hacia la competitividad
Con esta ley, Costa Rica se alinea con las mejores prácticas internacionales, ofreciendo un entorno predecible que protege la inversión privada. Expertos legales coinciden en que la omisión o inexactitud en la información precontractual ahora podría acarrear la nulidad de los contratos, elevando así el estándar de ética y profesionalismo en el sector comercial.
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