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Fomentando la Innovación en la Contratación Pública en Costa Rica

Escrito por Gabriel González Mata | May 23, 2024 5:25:04 PM

Introducción

La Ley de Contratación Pública y su reglamento en Costa Rica han introducido medidas significativas para promover la innovación en la adquisición de bienes, obras o servicios. El artículo 22 destaca la importancia de la compra pública innovadora, definiéndola como la adquisición de soluciones nuevas o mejoradas que satisfacen de manera más efectiva el interés público. Este artículo examinará detenidamente los tipos de compra pública innovadora delineados en los artículos 60, 61 y 62, subrayando su impacto en el fomento de la innovación y eficiencia en los procesos de contratación pública.

Índice

Resumen
La Compra Pública Innovadora
Tipos de Compra Pública Innovadora
Aspectos previos a la promoción del procedimiento
Parámetros de Innovación
Incentivos para la Innovación
El Rol del Pliego de Condiciones
Conclusiones

 

Resumen

La compra pública innovadora se enfoca en la adquisición de soluciones novedosas o mejoradas para satisfacer el interés público de manera más eficiente. Los tipos específicos de compra innovadora, como pre-comercial, integrada y de soluciones finales, se introducen en los artículos 60, 61 y 62, cada uno con requisitos y procedimientos únicos. Además, el artículo 63 destaca la posibilidad de incentivos para los oferentes que participan en convocatorias bajo esta modalidad, y el artículo 65 subraya la importancia del pliego de condiciones para regular este proceso.

 

 

La Compra Pública Innovadora:


El artículo 22 de la Ley General de Contratación Pública establece la esencia de la compra pública innovadora, destacando su enfoque en soluciones nuevas o significativamente mejoradas. La Administración debe evaluar la mejora sustancial en la prestación del servicio y contar con personal técnico capacitado.

 

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Tipos de Compra Pública Innovadora:

a) Compra Pública Innovadora Pre-Comercial:

Involucra servicios de investigación y desarrollo (I+D) que incluyen la creación de prototipos o las primeras pruebas de producción.

No abarca la compra de soluciones finales en fase comercial.

Procesos de ajuste, adaptación y mejora para soluciones innovadoras en el mercado nacional o local.

 

b) Compra Pública Innovadora Integrada:

Combina la compra pre-comercial con la adquisición de soluciones finales en fase comercial.

Incluye la contratación de investigación y desarrollo (I+D) junto con un volumen comercial de soluciones finales.

 

c) Compra Pública Innovadora de Soluciones Finales Previas a Fase Comercial:

Se centra en la adquisición de soluciones finales, pero antes de su lanzamiento comercial.

Requiere la acreditación de la innovación en el expediente de contratación.

 

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Aspectos previos a la promoción del procedimiento:


El Artículo 64 establece los aspectos previos esenciales antes de iniciar el procedimiento de contratación pública innovadora en Costa Rica. Antes de convocar a la recepción de propuestas, la Administración debe coordinar con la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación y realizar una audiencia previa para definir aspectos técnicos de la solución.

 

El inicio formal de la contratación requiere documentar la necesidad de soluciones innovadoras, considerando elementos clave como necesidades presentes y futuras, fases de innovación requeridas, viabilidad temporal de la solución, análisis de ventajas y desventajas, formación de equipos multidisciplinarios, identificación de proveedores, definición de funcionalidades, y consideración de indicadores clave.

 

Además, se destaca la importancia de definir condiciones sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual, el tipo específico de compra innovadora a realizar y los posibles requerimientos de financiamiento. Estos elementos son fundamentales para garantizar que la contratación pública innovadora sea efectiva, sostenible y alinee con los objetivos de la Administración.

 

Parámetros de Innovación:


El artículo 61 destaca la importancia de establecer mecanismos para determinar los criterios de innovación en la contratación pública estratégica. Esto debe alinearse con los objetivos del Plan Nacional de Compra Pública y las políticas de innovación y transformación tecnológica.

 

Incentivos para la Innovación:


El artículo 63 introduce la posibilidad de ofrecer incentivos a los oferentes que participan en convocatorias bajo la compra pública innovadora. Esto busca estimular la participación activa y la presentación de propuestas innovadoras.

 

El Rol del Pliego de Condiciones:


El artículo 65 destaca la importancia del pliego de condiciones, subrayando que debe atender a criterios de funcionalidad y desempeño. La colaboración con la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación puede ser clave en este proceso, y se enfatiza la necesidad de establecer cláusulas estándar.

 

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Conclusiones

La incorporación de tipos específicos de compra pública innovadora en la legislación costarricense refleja un compromiso con la mejora continua y la eficiencia en los procesos de contratación pública. Estos tipos ofrecen a la Administración diversas opciones para abordar las necesidades específicas de innovación, alentando la participación activa del sector privado y promoviendo el desarrollo de soluciones avanzadas. La inclusión de incentivos y la colaboración con entidades especializadas fortalecen aún más este marco legal, posicionando a Costa Rica como un referente en la promoción de la innovación en la contratación pública.

 

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