En Costa Rica, el tema de la Renta Mundial ha sido objeto de discusión y cambios legislativos recientemente. Estos cambios tuvieron como objetivo principal lograr la exclusión del país de la lista de jurisdicciones no cooperantes en materia fiscal de la Unión Europea. A través de la modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley No. 7092), se buscó establecer un marco legal que permitiera gravar las rentas pasivas obtenidas en el exterior por personas jurídicas con ciertas características.
Por lo tanto, exploraremos los antecedentes que llevaron a la aprobación de la Ley de Reforma al Impuesto sobre la Renta, los cambios más relevantes que se han implementado y el impacto que estos cambios pueden tener en la economía local. También analizaremos los próximos pasos a seguir y las implicaciones para los contribuyentes.
El proceso de modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta se inició como respuesta a la inclusión del país en la lista de jurisdicciones no cooperantes en materia fiscal de la Unión Europea. Esta inclusión se debió a la falta de regulación y gravamen de ciertas rentas pasivas obtenidas en el exterior. Para cumplir con los requerimientos de la Unión Europea y ser excluido de esta lista, se propuso el proyecto de ley número 23.581 en la Asamblea Legislativa.
El proyecto de ley fue aprobado en primer debate, a pesar de la falta de respaldo por parte del Poder Ejecutivo. El veto anunciado por el Poder Ejecutivo generó una carrera contra el tiempo para la Asamblea Legislativa, que debía resellar el texto y aprobarlo nuevamente antes del 15 de setiembre, fecha límite indicada por la Unión Europea.
La Ley de Reforma al Impuesto sobre la Renta introdujo cambios significativos en el concepto de territorialidad para fines fiscales. Además, estableció un gravamen sobre las rentas pasivas obtenidas en el exterior, que incluyen dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital, rentas de capital inmobiliario y otras rentas del capital mobiliario.
Uno de los aspectos clave de la reforma fue la introducción del concepto de "entidad calificada" para la tributación de empresas pertenecientes a un grupo multinacional. Se define una entidad calificada como aquella que posee una adecuada sustancia económica en territorio costarricense durante el periodo fiscal. La determinación de entidad calificada se realiza respecto de cada renta pasiva gravada que provenga de bienes situados o derechos utilizados económicamente fuera del territorio nacional.
La ley también establece la posibilidad de acreditar impuestos pagados en el exterior para el cálculo del impuesto sobre la renta a pagar en Costa Rica. Esto se aplica incluso en los casos en que no exista convenio entre las jurisdicciones para evitar la doble imposición.
La exclusión de Costa Rica de la lista de países no cooperantes en materia fiscal de la Unión Europea es un logro significativo para el país. Esta exclusión supone un escenario favorable para la Inversión Extranjera Directa, ya que demuestra el compromiso de Costa Rica en cumplir con los estándares internacionales en materia fiscal.
Sin embargo, los cambios legislativos también implican nuevas obligaciones para los contribuyentes. Es fundamental contar con una asesoría fiscal de primer nivel para cumplir con la legislación y adaptar los negocios a las nuevas obligaciones. Esto permitirá mantener el cumplimiento tributario y aprovechar al máximo las oportunidades que la nueva ley puede ofrecer.
La modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta en Costa Rica representa un esfuerzo por cumplir con los estándares internacionales en materia fiscal. La inclusión de un gravamen sobre las rentas pasivas obtenidas en el exterior y la introducción del concepto de entidad calificada son cambios significativos que buscan garantizar una adecuada tributación de las rentas generadas fuera del territorio nacional.
Es fundamental que los contribuyentes se mantengan informados sobre los cambios legislativos y busquen asesoría tributaria especializada para adaptar sus negocios a la nueva normativa. De esta manera, podrán aprovechar al máximo las oportunidades que la reforma puede ofrecer y mantenerse en cumplimiento con las obligaciones fiscales.