La SUGEF acaba de aclarar algo que muchos malinterpretaron: la nueva ley sobre estafas electrónicas no garantiza devoluciones automáticas de dinero. A pesar de que en 2025 se registraron más de 13 mil casos, lo que equivale a un promedio de 38 robos diarios, la aprobación de esta normativa ha generado confusión entre los usuarios bancarios.
Hoy le explicaremos qué dice realmente esta ley y cuál es el verdadero papel de la SUGEF en estos casos. Además, le mostraremos los pasos exactos que debe seguir para reclamar su dinero, incluyendo el plazo de 30 días naturales que tiene para presentar su denuncia. De esta manera, sabrá exactamente qué esperar si llega a ser víctima de fraude electrónico.
Índice
¿Qué dice realmente la nueva ley de estafas electrónicas?
¿Cuál es el papel de la SUGEF en todo esto?
¿Cómo reclamar su dinero?: pasos y plazos que debe conocer
La Ley de protección a los consumidores en la custodia de su dinero que administra cualquier entidad financiera en Costa Rica introduce un cambio fundamental: la inversión de la carga de la prueba. Anteriormente, usted tenía que demostrar que fue víctima de fraude. Ahora, el banco debe probar que cumplió con los estándares de ciberseguridad establecidos por la SUGEF y que sus sistemas no fueron vulnerados.
Específicamente, cuando presenta su reclamo dentro de los 30 días naturales posteriores al fraude, junto con la denuncia del OIJ, el banco tiene 30 días naturales para investigar, prorrogables por única vez hasta 10 días hábiles adicionales con notificación previa. Durante este proceso, la entidad debe analizar patrones transaccionales, verificación de dispositivos, métodos de autenticación y detección de actividades atípicas.
Si el banco acepta su reclamo, debe acreditar los fondos en un máximo de 10 días naturales, eliminar intereses aplicados por la estafa y devolver los montos con sus respectivos intereses. Además, será responsable de nuevas transacciones no autorizadas que ocurran después de su reclamo.
Sin embargo, existen excepciones donde el banco puede rechazar su solicitud: casos de autofraude, dolo, transferencias entre sus propias cuentas o entre usted y su cónyuge, conviviente o familiares hasta segundo grado.
Hazel Valverde, superintendenta de la SUGEF Costa Rica, aclaró algo fundamental: la Superintendencia no actúa como tribunal ni mediador en controversias individuales. Su función consiste en validar mediante un acto razonado si la denegatoria del banco está respaldada en las pruebas aportadas, un control de legalidad conforme establece la ley.
Específicamente, cuando el banco rechaza su reclamo, debe enviar la resolución y evidencia técnica a la SUGEF. La Superintendencia tendrá 10 días hábiles para validar si la decisión está debidamente fundamentada, sin que exista sanción si se demora más tiempo.
Sin embargo, debe presentar y dar seguimiento a su reclamo exclusivamente ante su entidad financiera. No contacte directamente ni se apersones a la SUGEF para presentar o seguir su caso individual.
En consecuencia, si la SUGEF no ratifica la decisión del banco, este deberá restituir los fondos en un máximo de 10 días hábiles. Por otra parte, si confirma el rechazo, podrá acudir a las instancias judiciales correspondientes.
Además, al presentar su reclamo enfrentará limitaciones en la transaccionalidad de su cuenta según lo dispuesto en la ley. Valverde advirtió que "prometer o esperar una devolución automática del dinero solo generará frustración y mayor incertidumbre".
Presentar su reclamo requiere seguir un procedimiento específico. Tiene 30 días naturales desde que ocurrió el fraude para iniciar el proceso ante su banco. Pasado este plazo, pierde el derecho a reclamar bajo esta ley.
El procedimiento funciona así:
Una vez presentado, el banco tiene 30 días naturales para investigar y resolver, prorrogables por única vez hasta 10 días hábiles adicionales con notificación de al menos 3 días de anticipación.
Si transcurren 120 días naturales sin resolución, el banco debe restituir automáticamente los fondos en un máximo de 10 días naturales. Asimismo, si la entidad resuelve de forma extemporánea, será acreedor de una compensación equivalente a un salario base, que debe acreditarse en los siguientes 10 días naturales.
Conclusión
Básicamente, la nueva ley no garantiza devoluciones automáticas como muchos pensaban. Su responsabilidad es presentar el reclamo dentro de los 30 días naturales con tu denuncia del OIJ, y el banco debe probar que cumplió con los protocolos de seguridad. La SUGEF solo valida la decisión, no resuelve casos individuales. Por lo tanto, actue sin demora si es víctima de fraude electrónico, documente todo y siga el procedimiento exacto que le explicamos para maximizar sus posibilidades de recuperar su dinero.
Si desea conocer más acerca de la Competencia Desleal y Protección al Consumidor puede seguirnos en nuestras redes sociales como Officium Legal. También puede suscribirse a nuestro Newsletter para recibir nuestras últimas noticias y artículos de primera mano.