El 30 de mayo de 2025 se publicó en el Alcance No. 69 del diario oficial La Gaceta la Ley N.º 10729, una reforma de gran impacto en el derecho societario costarricense. A partir del 2 de junio de 2025, las sociedades anónimas (S.A.) y las sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.) ya no podrán identificarse mediante razón social, sino únicamente por denominación social.
Índice
¿Qué es la razón social y qué es la denominación social?
Aplicación inmediata y tratamiento de trámites en curso
¿Qué implica este cambio para nuevos emprendedores?
¿Por qué se elimina la razón social?
Este cambio, aunque técnico en apariencia, modifica la forma en que se constituyen jurídicamente las empresas más comunes en el país. Por eso, es importante entender qué significa y cómo impacta a quienes planean crear una sociedad.
Históricamente, el artículo 18 del Código de Comercio permitía que las sociedades mercantiles se identificaran de dos formas:
Hasta ahora, ambas eran válidas para sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. Sin embargo, eso cambia con la nueva ley.
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La reforma elimina la posibilidad de usar razón social para las S.A. y S.R.L. y establece que únicamente pueden adoptar una denominación social.
Entre los artículos reformados del Código de Comercio se encuentran:
Esta reforma sigue la línea del proyecto legislativo tramitado bajo el expediente N.º 23.810, que proponía modernizar y armonizar la legislación mercantil.
Desde el 2 de junio de 2025, el Registro de Personas Jurídicas no admitirá escrituras de constitución de S.A. o S.R.L. que incluyan razón social. Solo serán válidas aquellas con denominación social.
No obstante, para no perjudicar a quienes ya habían iniciado su proceso, se establecieron disposiciones transitorias:
Esto garantiza seguridad jurídica y evita la repetición innecesaria de trámites para quienes actuaron conforme a la normativa anterior.
Cualquier persona que planee constituir una S.A. o una S.R.L. debe considerar lo siguiente:
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Aunque no se ha indicado oficialmente, esta reforma parece alinearse con tendencias internacionales que promueven mayor claridad, transparencia y diferenciación entre tipos societarios. El uso exclusivo de denominaciones sociales:
Conclusión
La Ley 10729 marca un antes y un después en la constitución de sociedades mercantiles en Costa Rica. Al exigir exclusivamente el uso de denominaciones sociales para S.A. y S.R.L., moderniza la normativa y facilita la identificación jurídica de las empresas.
En Officium Legal estamos atentos a estas reformas para asesorarte con claridad y seguridad en la constitución de tu empresa. Si estás por emprender, no dudes en contactarnos para asegurarte de que tu constitución cumpla con los nuevos requisitos legales.