Todos los trabajadores, sean del sector privado o del sector público, pueden estar expuestos, en algún momento de su vida, a sufrir discriminación en el ámbito laboral.
A raíz de lo anterior, a nivel legal se ha establecido en el Código de Trabajo, concretamente en el título Octavo, una serie de normas jurídicas, tendiente a evitar conductas discriminatorias contra los trabajadores.
Pero ¿Qué es discriminar?. Lo cierto del caso es que el Código de Trabajo no establece una definición sobre lo que debe entenderse por ese concepto, sino que simplemente se limita a describir -en el artículo 404- una serie de formas de discriminación. Así las cosas, es prohibido hacer cualquier tipo de distinción o exclusión a los trabajadores por motivos de edad, etnia, sexo, religión, raza, orientación sexual, estado civil, opinión política, ascendencia nacional, origen social, filiación, discapacidad, afiliación sindical, situación económica, entre otros motivos análogos que se puedan presentar.
El Código de Trabajo establece un proceso sumarísimo -esto, es, sumamente rápido- en el artículo 540 inciso 7) del Código de Trabajo, para defender al trabajador que sufra de conductas discriminatorias; eso sí -de acuerdo con el numeral 409 de la norma citada- deben explicarse con todo detalle los hechos en que se funda el alegato de la discriminación y hacer la comparación de su caso con el común del resto de trabajadores, o del grupo específico de estos, para ejemplificar de forma clara el trato discriminatorio que el trabajador está sufriendo.
La normativa de trabajo, de reiterada cita, establece también en el ordinal 409 -en el caso del empleo público- la posibilidad de que se anule todo nombramiento, despido, suspensión, traslado, permuta, ascenso o reconocimiento que se efectúe en contra de lo dispuesto a la prohibición de discriminar.
En Officium Legal estamos preparados para analizar su situación como trabajador del sector público o privado, y determinar si en su caso sufre o no de discriminación en su relación de laboral, así como para tomar las medidas necesarias, para restablecer el pleno goce de sus derechos. Si requiere de nuestros servicios por favor contáctenos aquí
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