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octubre 23, 2023
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Elección de cargos municipales en el 2020

Elección de cargos municipales en el 2020

El domingo 2 de febrero de 2020 Costa Rica celebrará los comicios para elegir a quienes ocuparán las alcaldías municipales y conformarán los concejos municipales en cada uno de los gobiernos locales durante un período de cuatro años; de acuerdo con lo que viene establecido a través del párrafo final del artículo14 del Código Municipal.

Ese mismo numeral determina que los cargos se eligen:

por medio de elecciones generales que se realizarán el primer domingo de febrero, dos años después de las elecciones nacionales en que se elija a las personas que ocuparán la Presidencia y las Vicepresidencias de la República y a quienes integrarán la Asamblea Legislativa. Tomarán posesión de sus cargos el día 1º de mayo del mismo año de su elección, por un período de cuatro años, y podrán ser reelegidos”. 

Se debe tomar en consideración, por ser de la mayor importancia, que las municipalidades son los gobiernos más próximos a la ciudadanía, con el deber de administrar los intereses y servicios locales, dentro de los que sobresalen-tan solo con fines ejemplificativos-: construcción y mantenimiento de vías cantonales, planificación urbana, preservación y cuido de áreas verdes y parques, autorización y control de las actividades desarrolladas en el cantón, emisión de licencias constructivas, y recolección de desechos sólidos.

Por ese motivo deviene fundamental tener claridad sobre la trascendencia del proceso del próximo año, pues la decisión y ejecución de políticas públicas a nivel local dependerán de los gobiernos municipales electos. Desde Officium Legal se les invita a participar estudiando los planes presentados por los candidatos; y posteriormente acudiendo a las urnas, ejerciendo ese derecho – deber que nos ofrece la democracia: el del sufragio.

El domingo 2 de febrero de 2020 Costa Rica celebrará los comicios para elegir a quienes ocuparán las alcaldías municipales y conformarán los concejos municipales en cada uno de los gobiernos locales durante un período de cuatro años; de acuerdo con lo que viene establecido a través del párrafo final del artículo14 del Código Municipal.

Ese mismo numeral determina que los cargos se eligen:

por medio de elecciones generales que se realizarán el primer domingo de febrero, dos años después de las elecciones nacionales en que se elija a las personas que ocuparán la Presidencia y las Vicepresidencias de la República y a quienes integrarán la Asamblea Legislativa. Tomarán posesión de sus cargos el día 1º de mayo del mismo año de su elección, por un período de cuatro años, y podrán ser reelegidos”. 

Se debe tomar en consideración, por ser de la mayor importancia, que las municipalidades son los gobiernos más próximos a la ciudadanía, con el deber de administrar los intereses y servicios locales, dentro de los que sobresalen-tan solo con fines ejemplificativos-: construcción y mantenimiento de vías cantonales, planificación urbana, preservación y cuido de áreas verdes y parques, autorización y control de las actividades desarrolladas en el cantón, emisión de licencias constructivas, y recolección de desechos sólidos.

Por ese motivo deviene fundamental tener claridad sobre la trascendencia del proceso del próximo año, pues la decisión y ejecución de políticas públicas a nivel local dependerán de los gobiernos municipales electos. Desde Officium Legal se les invita a participar estudiando los planes presentados por los candidatos; y posteriormente acudiendo a las urnas, ejerciendo ese derecho – deber que nos ofrece la democracia: el del sufragio.

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