La gran mayoría de los procesos arbitrales tienen como pretensión la compensación del daño causado por la parte incumpliente, ya sea porque la obra de construcción no cumple con lo pactado, porque la entrega se hizo a destiempo, porque el terreno tiene vicios ocultos, porque el incumplimiento del contrato causo un daño directo, un lucro cesante o produjo la pérdida de una oportunidad cierta de ganancia, etc.
En todos los casos, el tribunal arbitral está en la ineludible obligación de resolver la disputa y acoger o rechazar las pretensiones de la demanda. Con todo, en los casos en que se hace necesaria la cuantificación del resarcimiento, las más de las veces, los abogados que conforman los tribunales arbitrales de derecho (por oposición a los de equidad), no tienen la formación ni la experiencia profesional para analizar los aspectos técnicos propios de otras ramas del saber, como la contabilidad, la ingeniería o la arquitectura, la mecánica, la medicina, la psiquiatría etc., y por ello se hace indispensable la utilización de los peritos como auxiliares del tribunal.
En los casos en que el tribunal arbitral requiere el auxilio de peritos, el nombramiento o designación de ellos, difiere en la forma, de cómo se hace en los tribunales de la república. El Poder Judicial tiene listas de peritos, en las más variadas ciencias, que han sido precalificados y quienes devengarán honorarios según una tabla específica.
De ahí que la tendencia actual en arbitraje es permitir o requerir que cada parte escoja su propio perito y que una parte presente el informe pericial y la otra un contra informe.
No obstante, hay una notable diferencia en la experiencia de los peritos, o las firmas de peritos, que trabajan ordinariamente en arbitraje internacional y en arbitraje nacional. En arbitraje nacional, cuando se trata de cuantificación de daños, se escoge siempre a un Contador Público que hace el análisis de los números, o de ser necesario a un ingeniero experto en el tema discutido. En arbitraje internacional, la necesidad ha producido un nuevo género de expertos: los peritos profesionales, generalmente agremiados en firmas de mediano o gran tamaño, que tienen como base la formación profesional específica, pero que además, se han especializado en ser peritos, para poder exponer en su informe y en las audiencias los puntos técnicos de manera clara y concisa.
La participación de esos peritos expertos, marca una gran diferencia en el trabajo del tribunal y por tanto en la seguridad jurídica.
Saber escoger, por tanto, el perito adecuado en un proceso arbitral en que es indispensable prueba técnica, puede ser determinante para lograr que prospere –o perezca– la tesis que sostiene la parte. Pero esa escogencia, únicamente puede ser hecha de forma adecuada por un abogado con mucha experiencia en procesos arbitrales, y que sea capaz de distinguir y evaluar la experiencia y capacidad del perito propuesto, pues el abogado será quien tenga que trabajar en conjunto con el perito en la articulación de la pretensión y la estructuración de la prueba y el manejo de la declaración del perito en la audiencia oral, de manera que el trabajo pericial sea útil al tribunal, pues de lo contrario, lo único que se logra es confundir a los miembros del tribunal, complicar su trabajo y poner en riesgo la comprensión de la propia tesis jurídica o la cuantificación de lo pedido.
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