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septiembre 5, 2025
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Hacienda anuncia sanciones para comercios que no acepten SINPE Móvil

Hacienda anuncia sanciones para comercios que no acepten SINPE Móvil

¿Sabía que el Ministerio de Hacienda está vigilando los pagos con SINPE Móvil? La entidad ha advertido claramente que sancionará a los comercios que rechacen transacciones por este medio tras la implementación de la nueva versión del sistema de facturación electrónica. Este anuncio llega después de que los costarricenses movieron más de ₡10,8 billones el año pasado utilizando esta plataforma tecnológica.

 

Índice

Cambios en la facturación electrónica versión 4.4

Obligaciones de los comercios ante el Ministerio de Hacienda

Sanciones y fiscalización por rechazar SINPE Móvil

 

Desde el 1 de septiembre, Tributación pone especial atención a los usuarios que realicen más de 100 transacciones mensuales a través de SINPE Móvil. Además, el Ministerio de Hacienda ya tiene identificados a negocios que han anunciado su intención de dejar de recibir pagos por este método. Las consecuencias de evadir estas obligaciones fiscales pueden ser graves, incluyendo multas de hasta el 150% del tributo dejado de pagar, bloqueos de cuentas e incluso procesos penales.

En este artículo analizaremos los cambios introducidos en la nueva versión 4.4 de facturación electrónica, que incorpora 146 modificaciones respecto a la versión anterior. También explicaremos cuáles son las obligaciones actuales de los comercios ante Hacienda y qué medidas de fiscalización se implementarán para quienes decidan rechazar pagos por SINPE Móvil.

 

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Cambios en la facturación electrónica versión 4.4

La versión 4.4 del sistema de facturación electrónica entró en vigor de manera obligatoria el 1 de septiembre de 2025. Durante el período del 1 de abril al 1 de septiembre de 2025, existia una convivencia entre las versiones 4.3 y 4.4, permitiendo a los contribuyentes adaptarse gradualmente a los nuevos requisitos.

Entre los cambios más significativos destaca la incorporación de un código específico (código "06") para identificar pagos realizados mediante SINPE Móvil. Esta modificación no representa un nuevo impuesto ni implica que las transferencias por SINPE Móvil serán gravadas. Su objetivo principal es mejorar la trazabilidad fiscal y garantizar que todas las transacciones comerciales estén respaldadas adecuadamente.

Adicionalmente, la nueva versión introduce el Recibo Electrónico de Pago (REP), un comprobante obligatorio para documentar pagos en operaciones a crédito. También se amplían las categorías de identificación con opciones como "Extranjero no domiciliado" y "No contribuyente", facilitando la facturación a diferentes tipos de clientes.

Los comercios deberán actualizar sus sistemas para reflejar correctamente el método de pago utilizado, incluyendo SINPE Móvil. Según el director general de Tributación, estas medidas buscan cuantificar el uso de este medio de pago y facilitar la comparación entre la facturación y las transacciones reales, no penalizar su uso cotidiano.

La versión 4.4 contempla más de 140 cambios técnicos, incluyendo nuevos campos obligatorios y ajustes en la estructura XML, lo que representa una modernización importante del sistema tributario costarricense.

 

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Obligaciones de los comercios ante el Ministerio de Hacienda

Todos los comercios en Costa Rica deben cumplir con requisitos específicos para evitar problemas con Hacienda. A partir de septiembre, cada pago recibido a través de SINPE Móvil debe estar respaldado por una factura electrónica donde se indique explícitamente este método de pago mediante el código "06".

Las personas físicas y jurídicas con actividad económica tienen la obligación de emitir comprobantes electrónicos independientemente del tamaño del negocio. Asimismo, deben declarar correctamente el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado según corresponda.

El Ministerio de Hacienda ha aclarado que no existe prohibición para recibir pagos vía SINPE, pero sí exige consignar este método en la versión 4.4 de factura electrónica por un tema de formalidad. Esta información permitirá a Tributación realizar cruces de datos entre los reportes de SINPE y las declaraciones de impuestos.

Para evitar contingencias fiscales, los expertos recomiendan separar cuentas personales y comerciales, además de mantenerse capacitados en materia tributaria. Igualmente, es aconsejable verificar que los sistemas de facturación estén actualizados a la nueva versión.

Mario Ramos, director de Tributación, enfatizó que "el problema no es que un negocio reciba pagos desde la plataforma, sino que no emita un comprobante electrónico por esa transacción". Por tanto, todos los comerciantes deben cumplir con estas disposiciones para evitar posibles sanciones administrativas.

 

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Sanciones y fiscalización por rechazar SINPE Móvil

El rechazo de pagos por SINPE Móvil podría traer serias consecuencias para los negocios. El Ministerio de Hacienda ha sido enfático: sancionará a los comercios que a partir del 1° de septiembre no reciban pagos mediante esta plataforma.

Por consiguiente, los establecimientos que difundan mensajes falsos sobre la prohibición del servicio serán visitados por las autoridades tributarias para verificar los medios de pago que aceptan. Además, aquellos negocios que reciban 100 o más pagos mensuales vía SINPE Móvil estarán bajo especial vigilancia para evaluar su situación fiscal.

Las sanciones por incumplimiento son significativas. En primer lugar, Hacienda podrá determinar el cobro retroactivo del IVA y el Impuesto sobre la Renta omitidos, más los intereses correspondientes. Asimismo, se aplicarán multas de hasta el 150% del tributo dejado de pagar.

En casos más graves, la Administración Tributaria puede implementar medidas cautelares como el bloqueo de cuentas bancarias o embargos preventivos. Para los reincidentes, existe la posibilidad del cierre temporal del negocio.

No obstante, la consecuencia más severa podría ser enfrentar procesos penales por defraudación fiscal. Si los montos superan los umbrales establecidos en la ley, el caso puede ser remitido al Ministerio Público, lo que conllevaría incluso penas de prisión.

 

Conclusión

Definitivamente, las nuevas medidas del Ministerio de Hacienda respecto a SINPE Móvil representan un cambio significativo para el comercio costarricense. 

Los negocios que decidan rechazar pagos por SINPE Móvil se enfrentarán a consecuencias graves. Después de todo, Tributación no solo impondrá multas sustanciales, sino que también podría iniciar procesos penales en casos de defraudación fiscal comprobada. En cambio, aquellos que cumplan con las disposiciones actualizadas estarán protegidos ante potenciales contingencias tributarias.

En este sentido, la recomendación más prudente para los comercios es separar cuentas personales y comerciales, mantener sistemas de facturación actualizados y emitir comprobantes electrónicos para cada transacción realizada. De esta manera, las empresas podrán seguir aprovechando las ventajas de SINPE Móvil sin arriesgarse a sanciones.

La adaptación temprana a estas nuevas regulaciones no solo evitará problemas con Hacienda, sino que también contribuirá a un entorno comercial más formal y transparente para todos los participantes del mercado.

 

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