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Los empleados de confianza en Costa Rica

Escrito por Licda. Carolina Castro | Oct 15, 2024 2:13:28 PM

Estos trabajadores ocupan puestos que requieren un alto grado de confianza, autonomía y acceso a información sensible o estratégica, y a la vez de mayores libertades y flexibilización, lo que los diferencia de los demás empleados en cuanto a la regulación de sus derechos y obligaciones.  

La figura del empleado de confianza está regulada tanto por el Código de Trabajo en sus artículos 143, 159 y 382, así como por la jurisprudencia de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, estableciendo un régimen particular para esta categoría laboral. 

 

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Un empleado de confianza es aquel que, por la naturaleza de sus funciones, se encuentra en una posición que demanda un grado especial de lealtad y confidencialidad. Este tipo de trabajador suele involucrarse en la toma de decisiones estratégicas y en la administración de información reservada, y tener bajo su cargo la responsabilidad sobre la toma de decisiones tanto administrativas, como legales y de dirección en la empresa, lo que implica una relación laboral que se fundamenta en la confianza mutua entre el empleador y el empleado para delegarle este tipo de funciones y la toma de decisiones. Entre las principales características de los empleados de confianza se destacan: 

  • Confianza: Su rol implica la gestión de información confidencial, la toma de decisiones de alto nivel, o el manejo de recursos clave para la organización. 
  • Relación laboral diferenciada: A diferencia de los demás trabajadores, los empleados de confianza tienen un vínculo laboral más flexible en cuanto a derechos, particularmente en situaciones de despido, y en su día a día, como por ejemplo el hecho de que no pueden estar sujetos a una fiscalización mediata, como lo es el hecho de estar firmando y controlando las horas de ingreso, de salida, y tiempos de descanso.  

 

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Relación laboral y despido 

El Código de Trabajo de Costa Rica establece las disposiciones generales que regulan la relación laboral, pero para los empleados de confianza, la normativa presenta ciertas particularidades. Con la reforma del Código de Trabajo, se eliminó la ¨pérdida de confianza¨ como una causal por sí misma para el despido de un trabajador, por lo que al igual que con los demás trabajadores, el despido sin responsabilidad patronal de un trabajador de confianza deberá sustentarse en alguna de las causales que establece el artículo 81 del Código de Trabajo.  

 

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Conclusión 

La figura del empleado de confianza en Costa Rica constituye una categoría especial dentro del derecho laboral, caracterizada por un régimen jurídico diferenciado que responde a la naturaleza de las funciones que estos trabajadores desempeñan. Si bien su despido puede ser más flexible en comparación con otros empleados, en el sentido de que al recaerle mayores responsabilidades, inmediatamente recae sobre él un deber mayor de cumplimiento de sus obligaciones, es fundamental que se respete el debido proceso y los derechos fundamentales de los empleados, tal como lo establece la Constitución Política de Costa Rica y la normativa internacional. La regulación de los empleados de confianza busca equilibrar la necesidad de contar con personal altamente confiable con la protección de los derechos laborales fundamentales, lo que convierte a esta figura en una pieza clave dentro del sistema jurídico costarricense. 

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Bibliografía 

Constitución Política de Costa Rica. 

Código de Trabajo de Costa Rica.