Los órganos de control en materia de Contratación Pública constituyen elementos fundamentales para garantizar la transparencia y legalidad en los procesos que involucran recursos del Estado. De conformidad con las disposiciones vigentes, la Administración tiene la obligación de fiscalizar todo el proceso de ejecución contractual, para lo cual el contratista debe brindar las facilidades necesarias. Es importante recordar que la ausencia de fiscalización por parte de la Administración no exime al contratista del cumplimiento de sus obligaciones ni de las responsabilidades que le correspondan.
Índice
Marco legal de la fiscalización en la Contratación Pública
Tipos de control ejercidos por la Administración
Dirección de Contratación Pública
Contraloría General de la República
La Autoridad de Contratación Pública funciona como el órgano rector exclusivo en esta materia para toda la Administración Pública costarricense. Entre sus responsabilidades principales se encuentra la aprobación del Plan Nacional de Compra Pública, el cual tiene como objetivo generar eficiencia en la contratación pública, manteniendo altos estándares de calidad, probidad, transparencia y satisfacción del interés público. Los criterios técnico-jurídicos deben prevalecer en la verificación y fiscalización de los contratos administrativos, asegurando que todas las adquisiciones estatales cumplan con el marco regulatorio establecido.
En razón de la importancia de estos procesos, analizaremos las funciones de los distintos órganos de control, incluyendo la Contraloría General de la República, que posee potestades constitucionales y legales que le otorgan un papel predominante en la materia contractual.
Marco legal de la fiscalización en la Contratación Pública
El ordenamiento jurídico costarricense establece una jerarquía normativa clara para regular la Contratación Pública. Esta estructura se organiza de la siguiente manera:
- Constitución Política
- Instrumentos internacionales vigentes
- Ley General de Contratación Pública
- Ley General de Administración Pública
- Otras leyes relacionadas
- Reglamento a la Ley de Contratación Pública
- Otros reglamentos referentes a la materia
- Cartel o pliego de condiciones
- Contrato administrativo
Según este marco normativo, todas las disposiciones legales deben interpretarse de manera que faciliten las labores de fiscalización superior de la Hacienda Pública, incluyendo el principio de control que ejerce la Contraloría General de la República.
La Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda opera como órgano ejecutor con capacidad técnica consultiva, siendo sus criterios vinculantes para la Administración central. Esta dirección tiene a su cargo establecer mecanismos para verificar estándares de calidad en los procedimientos de contratación.
Toda actividad que involucre fondos públicos debe desarrollarse bajo los objetivos de la Compra Pública Estratégica, incorporando criterios sociales, económicos, ambientales y de innovación.
Cada Administración puede establecer sus propios mecanismos de control interno, velando siempre por el cumplimiento de la ley y su reglamento. La normativa busca asegurar una contratación ágil, eficiente, transparente y oportuna que responda a las necesidades públicas mediante el uso razonable de los recursos.
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Tipos de control ejercidos por la Administración
El sistema de control en la Contratación Pública abarca diversos mecanismos que funcionan en distintos momentos del ciclo contractual. Según la normativa vigente, las medidas y prácticas de control interno deben establecerse para ejercer control previo, concomitante y posterior de las actividades relacionadas con contratos públicos.
Los administradores de contratos poseen la responsabilidad específica de verificar, fiscalizar y dar seguimiento al cumplimiento de los criterios establecidos durante la ejecución contractual, conforme lo establece el artículo 59 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. A más tardar, deben mantener registros detallados y precisos de todas las actividades relacionadas con la gestión del contrato, documentando cualquier modificación o cumplimiento parcial.
Los principales lineamientos para una administración eficaz de contratos son los siguientes:
- Estandarización de procedimientos
- Gestión de riesgos
- Optimización de recursos
- Cumplimiento normativo
- Mejora continua
Cuando surjan discrepancias o incumplimientos, el administrador tiene la facultad de intervenir para resolver estos problemas de manera oportuna.
Un tema importante a valorar es que todos los documentos adjuntos al expediente electrónico de contratación deben ser digitales y cargados en el módulo correspondiente del Sistema. Los documentos físicos deben digitalizarse y presentarse en formato PDF.
Dirección de Contratación Pública
La Dirección de Contratación Pública (DCoP) del Ministerio de Hacienda representa un órgano ejecutor con capacidad técnica consultiva vinculante para la Administración central. Según la normativa vigente, esta dirección cumple funciones específicas dentro del sistema de compras estatales costarricenses.
Sus principales responsabilidades incluyen las siguientes:
- Elaboración y propuesta del Plan Nacional de Compras Públicas. Este documento busca generar eficiencia en los procesos de adquisición estatal.
- Administración del sistema digital unificado. La DCoP gestiona las plataformas tecnológicas que soportan los procedimientos de contratación.
- Establecimiento de mecanismos de verificación. Define los parámetros para constatar estándares de calidad en los procedimientos de contratación.
- Gestión del catálogo electrónico y banco de precios. Administra estos instrumentos junto con el registro de proveedores del Estado.
La DCoP también se encarga de la profesionalización de funcionarios y la acreditación de unidades de compra. Una función importante es proporcionar herramientas para que las entidades contratantes puedan verificar la calidad de los bienes, obras y servicios recibidos.
Otro aspecto relevante es la estandarización de plantillas para planificación de adquisiciones, pliegos de condiciones y contratos modelo. La dirección establece indicadores comparativos de desempeño y realiza evaluaciones anuales para identificar puntos de mejora.
Un tema importante a valorar es la coordinación que mantiene con el Ministerio de Comercio Exterior para capacitar funcionarios en la aplicación correcta de los capítulos de compras públicas previstos en instrumentos internacionales vigentes.
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Contraloría General de la República
La Contraloría General de la República constituye el órgano superior de fiscalización dentro del sistema de Contratación Pública costarricense. Según lo establecido en la Constitución Política, la CGR posee rango constitucional y funciona como órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública, lo que le otorga una posición privilegiada dentro del sistema de control.
Sus competencias principales en materia de contratación pública incluyen la aprobación previa de contratos administrativos según los montos y tipos que determine la ley, la resolución de recursos de apelación contra actos de adjudicación, y la emisión de criterios vinculantes en materia de contratación administrativa.
La CGR desarrolla auditorías y estudios especiales sobre los procedimientos de contratación, verificando el cumplimiento normativo y la correcta utilización de los fondos públicos. Sus dictámenes pueden generar recomendaciones para mejorar procedimientos o determinar responsabilidades administrativas cuando corresponda.
Otra función fundamental es el mantenimiento del registro de inhabilitados para contratar con la Administración Pública, herramienta esencial para garantizar la probidad en las compras estatales. A través de sus informes periódicos, identifica riesgos y propone mejoras al sistema de contratación pública.
La labor fiscalizadora de la Contraloría complementa las funciones de los demás órganos de control, estableciendo un sistema de supervisión que busca asegurar la transparencia y el uso eficiente de los recursos públicos durante todas las etapas del proceso de contratación.
Conclusiones
La fiscalización efectiva constituye un elemento esencial para garantizar la transparencia y el uso adecuado de los recursos públicos en los procesos de contratación. El marco normativo costarricense delimita con precisión las responsabilidades de cada entidad fiscalizadora, desde la Autoridad de Contratación Pública hasta la Contraloría General de la República. Estos organismos operan de manera complementaria para asegurar que las compras estatales cumplan con los estándares de calidad, probidad y legalidad establecidos.
Los mecanismos de control previo, concomitante y posterior permiten una supervisión integral durante todo el ciclo contractual. Esta estructura de fiscalización multinivel representa una salvaguarda fundamental contra posibles irregularidades o desviaciones en la administración de los fondos públicos.
La Dirección de Contratación Pública desempeña un papel fundamental como órgano ejecutor técnico, estableciendo mecanismos de verificación y estándares de calidad. La Contraloría General ejerce sus potestades constitucionales para supervisar aspectos esenciales como la aprobación de contratos y la resolución de recursos de apelación.
Los administradores de contratos cumplen una función específica al verificar el cumplimiento de criterios durante la ejecución contractual. Todos estos elementos conforman un sistema integrado que busca la eficiencia, transparencia y oportuna respuesta a las necesidades públicas.
Es importante valorar que la fiscalización no constituye un obstáculo burocrático, sino una herramienta indispensable para asegurar que las contrataciones públicas sirvan efectivamente al interés colectivo. Es así, que invitamos a considerar estos mecanismos de control, pues el conocimiento de estas funciones permitirá, ya sea como funcionario público o como proveedor del Estado, desenvolverse con mayor certeza jurídica en el ámbito de la contratación pública costarricense.
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