En Officium Legal le explicamos cómo entablar un juicio contencioso administrativo. Nuestra experiencia en el manejo de litigios contencioso-administrativos, algunos de muy alta complejidad, nos permiten sugerirle que tome en cuenta al manos estos 6 temas de previo a entablar una demanda en contra del Estado o una entidad pública:
1. Un breve análisis de riesgo
Solicite a su abogado un análisis de riesgo previo a iniciar la demanda. Esto le permitirá a usted conocer que tan sólida es y que pronóstico podría tener la misma al dictarse sentencia. No todos los casos son pleiteables, aunque sean injustos. El profesional requiere formular previamente una “teoría del caso” y valorar si será o no sostenible durante el juicio. Debe incluso considerar imprevistos que afecten esa teoría del caso y le obliguen a reformularla en el curso del proceso.
Solicite a su abogado que luego de contestada la demanda, le confirme si el análisis de riesgo que hizo al inicio se mantiene o ha desmejorado. Recuerda que hasta la audiencia preliminar usted puede desistir del juicio y no tiene consecuencias económicas porque lo haga.
2. Definir la existencia o no de plazos de caducidad
Debe tenerse presente que si el objeto del proceso es una conducta administrativa, el plazo para entablar el juicio será de un año. En tanto si se trata de un proceso únicamente de daños y perjuicios, el plazo será de cuatro años.
Otros aspectos más especializados se los deberá comentar su profesional en su momento.
3. Definir que comportamientos administrativos serán objeto del proceso
Debe tener claro que comportamientos administrativos serán objeto del proceso. En algunos casos bastará con pedir la nulidad de un acto administrativo; pero en otros ampliar la pretensión anulatoria a algún comportamiento adicional puede ayudarle a fortalecer su caso y eventualmente a que sea acogida su demanda. Esto es un aspecto técnico que seguramente un abogado especializado en el tema no lo pasará por alto.
4. Análisis de la prueba con que se cuenta
La mayor parte de procesos se pierden por un mal manejo de la prueba. Muchas veces aunque se tenga la razón por el fondo, la demanda es desestimada porque no se aportó prueba de las alegaciones expuestas en juicio. Existen diferentes medios de prueba (documental, testimonial, confesional, pericial) y cada una tiene un propósito distinto. Se debe actuar con absoluta agudeza en el manejo de estos temas, pues no hacerlo puede llevarlo a que eventualmente se le condene en costas de perder la demanda.
5. Tener claridad de los daños y perjuicios que se pretenden
Los daños y perjuicios deben ser probados y no basta alegarlos. En algunos casos se requerirá de prueba técnica (pericial) para determinarlos. El Juez no esta habilitado para llevar a cabo un ejercicio de adivinación. Su abogado debe aclararle cual es al diferencia en daño y lucro cesante. Además debe estar en capacidad de exponerle sobre otro tipo de indemnización que han venido reconociéndose, como es el caso de la “pérdida de oportunidad”. Finalmente recuerden que el daño moral no requiere prueba de su cuantificación, pues su valoración se ha “in re ipsa”.
6. Confíen su demanda a un abogado especializado en derecho administrativo
Es importante que el abogado que usted defina sea especialista en derecho administrativo y especialmente en litigio contencioso administrativo. El derecho administrativo es complejo y requiere de una visión calificada. La especialidad del profesional puede acreditarse por su formación académica, por los cargos que ha ocupado o los años que ha venido ejerciendo una determinada materia. Este requerimiento puede significar el reconocimiento de un coste mayor, pero evitará embarcarse en procesos que además de largos, puedan conducirlo a un problema de mal praxis profesional.
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