A- Antecedentes
De acuerdo con el artículo 400, inciso c) del Código de Comercio, las bolsas de comercio están sujetas a la vigilancia del Banco Central de Costa Rica (BCCR). Esta facultad de vigilancia se ejerce conforme a los reglamentos de operación y funcionamiento que emita el Banco Central, a propuesta de la bolsa interesada
Con base en la normativa mencionada, el 13 de febrero de 1992, la Junta Directiva del BCCR aprobó el Reglamento General de la Bolsa de Productos Agropecuarios en sesión 4558-92. Este reglamento fue publicado en el diario oficial La Gaceta 48 el 9 de marzo de 1992. El 25 de marzo de 2003, la razón social cambió a Bolsa de Comercio, S.A. debido a una reforma a sus estatutos inscrita en el Registro Mercantil del Registro Público
La entrada en vigor de la Ley Reguladora del Mercado de Valores en enero de 1998 derogó tácitamente el deber de vigilancia del BCCR sobre las bolsas de comercio. El Transitorio IX de dicha ley estableció que estas serían supervisadas por la Superintendencia General de Valores.
En el voto de la Acción de Inconstitucionalidad 2011-005966, se anuló por inconstitucional el Transitorio IX de la Ley 7732 y el Reglamento para las Bolsas de Comercio emitido por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero. Esto llevó a la restitución de la facultad del BCCR de vigilar a las bolsas de comercio, conforme al inciso c) del artículo 400 del Código de Comercio, y al restablecimiento de la vigencia del Reglamento General de la Bolsa de Productos Agropecuarios
Dado que el reglamento para la bolsa de productos agropecuarios no satisfacía las necesidades y expectativas de Bolcomer, se decidió emitir un nuevo reglamento operativo y funcional para esta, Bolsa de Comercio, S.A. Para ello, la sociedad y los equipos técnicos del BCCR trabajaron conjuntamente en la actualización del reglamento. El 30 de junio de 2021, dicha empresa propuso al Banco Central el proyecto de Reglamento Operativo de Bolcomer Bolsa de Comercio, S.A. para su eventual aprobación y emisión por parte de la Junta Directiva del BCCR.
El 16 de febrero de 2022, la Junta Directiva del BCCR resolvió en firme remitir en consulta pública la propuesta de Reglamento Operativo de Bolcomer Bolsa de Comercio, S.A., conforme a lo establecido en el numeral 3, artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227, por un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta
En respuesta a la consulta pública, el Banco Central recibió una cantidad importante de observaciones que fueron analizadas conjuntamente por la sociedad y los equipos técnicos del BCCR. Esto resultó en una propuesta normativa con ajustes significativos y nueva regulación, lo que generó la necesidad de volver a consultar al medio esta versión del reglamento
B- Introducción
Bolcomer Bolsa de Comercio, S.A. (Bolcomer) es una entidad de bolsa de comercio en Costa Rica que ha estado en operación desde principios de los años 90. A lo largo de su existencia, esta ha experimentado diversas transformaciones y cambios regulatorios. En este artículo, nos enfocaremos en analizar los aspectos más relevantes del nuevo reglamento operativo y de funcionamiento de Bolcomer, específicamente en lo que respecta a los principios fundamentales de la bolsa y las normas de conducta. El nuevo reglamento operativo y de funcionamiento tiene como objetivo establecer las normas para llevar a cabo las operaciones de bolsa y garantizar un funcionamiento ordenado de la entidad
Esta sociedad se encuentra bajo la vigilancia permanente del Banco Central de Costa Rica (BCCR), de acuerdo con el artículo 400, inciso c) del Código de Comercio
Para cumplir con esta función, debe proporcionar toda la información requerida por el BCCR, ya sea de manera directa o durante las inspecciones realizadas en ejercicio de este deber
C- Principios fundamentales de Bolcomer
El artículo 6 establece que quienes participen en el mercado bursátil de comercio deben seguir estos principios fundamentales.
Estos principios, forjados a través de años de experiencia en el ámbito bursátil, buscan establecer un marco donde la confianza, la transparencia y la equidad prevalezcan, asegurando un mercado robusto y saludable.
D- Las Normas de Conducta en el Mercado Bursátil
El mercado bursátil, con su dinámica compleja y en constante evolución, representa uno de los pilares fundamentales de la economía moderna. Sin embargo, para garantizar su eficiencia y legitimidad, es esencial contar con un marco normativo sólido que guíe y regule el comportamiento de sus participantes. El "Artículo 7" sobre "Normas de conducta" refleja precisamente la relevancia de establecer límites claros y justos en este ámbito.
La Junta Directiva de la mencionada sociedad, como entidad encargada de emitir dichas normas, tiene la responsabilidad trascendental de garantizar la transparencia, equidad y ética en el mercado. Esta tarea no es trivial, ya que la definición de estas normas debe ser lo suficientemente robusta para abordar los desafíos inherentes al mundo bursátil, y a la vez lo suficientemente flexible para adaptarse a un entorno que cambia rápidamente.
Uno de los primeros desafíos mencionados en el artículo es la gestión de "conflictos de interés". En un espacio donde grandes sumas de dinero están en juego, y donde las decisiones de inversión pueden ser influenciadas por múltiples factores, es vital asegurar que los actores involucrados actúen en beneficio del mercado y sus clientes, y no en función de intereses personales o agendas ocultas.
El "acceso y uso de información confidencial y privilegiada" representa otro punto crítico. La información es la moneda del mercado bursátil; tener acceso a ella antes que otros puede ofrecer ventajas significativas. Por ello, es esencial que las normas de conducta establezcan límites claros sobre cómo y cuándo se puede utilizar esta información, protegiendo así la integridad del mercado y evitando prácticas desleales como el "insider trading".
Promover "la integridad y el funcionamiento efectivo del mercado" es, sin duda, el objetivo central de cualquier normativa bursátil. Sin un mercado íntegro y eficiente, los inversores perderían confianza, lo que podría llevar a una disminución de la actividad y, en última instancia, a una desestabilización económica. Por ello, las normas deben ser diseñadas pensando en fomentar prácticas honestas y transparentes.
Por último, pero no menos importante, está la alusión a la "Ley 7786 reformada integralmente por la Ley 8204". Su mención subraya la necesidad de que las normas de conducta estén alineadas con el marco legal existente, garantizando así su validez y aplicabilidad.
E- La Vigilancia del Banco Central de Costa Rica (BCCR)
Como ya anteriormente expusimos, el ámbito bursátil se caracteriza por ser un entorno complejo y dinámico, donde la confianza y transparencia son esenciales para garantizar la estabilidad y el buen funcionamiento del mercado. En este contexto, el "Artículo 2" ilustra la vital importancia del rol del Banco Central de Costa Rica (BCCR) sobre Bolcomer, y cómo se articula esta relación en términos de regulación y supervisión.
Para empezar, es fundamental comprender que el BCCR no es simplemente un observador pasivo de la actividad bursátil. De acuerdo con el párrafo, dicha empresa está "sometida a la vigilancia permanente del Banco Central de Costa Rica". Esta supervisión constante refleja la necesidad de asegurar que las actividades de este se lleven a cabo dentro de un marco legal y ético, protegiendo así a los inversionistas y al mercado en su conjunto.
La referencia al "inciso c) del artículo 400 del Código de Comercio y este Reglamento" indica que la potestad de vigilancia del BCCR no es arbitraria, sino que está fundamentada en una base legal sólida. Estas leyes y reglamentos definen los límites y alcances de la supervisión, garantizando que se actúe con justicia y proporcionalidad.
Otro aspecto crucial es la obligación de la socivedad de proveer "toda la información que sea requerida por el Banco Central de Costa Rica". Esta disposición asegura que el BCCR tenga acceso a los datos necesarios para ejercer su función supervisora de manera efectiva. Además, destaca la importancia de la transparencia y colaboración entre ambas entidades para garantizar un mercado bursátil seguro y confiable.
Sin embargo, el párrafo también señala ciertos límites en la competencia del BCCR. Por ejemplo, cuando se trata de determinar si un bien es "negociable o no negociable" en Bolcomer, el BCCR no tiene la autoridad legal para tomar esa decisión. En tales casos, su papel es más bien el de un intermediario, trasladando la consulta a los órganos correspondientes de regulación y supervisión del mercado financiero o a otras autoridades gubernamentales. Esta disposición refleja una estructura de supervisión y regulación donde diferentes entidades tienen roles y responsabilidades específicas, evitando la concentración de poder y promoviendo una supervisión más equitativa y balanceada.
El mercado bursátil, con su intrincada red de relaciones, decisiones y acciones, requiere de estructuras claras y sólidas que garanticen su buen funcionamiento. El "Artículo 10" sobre "Gobierno Corporativo" brinda una visión profunda de cómo dicha sociedad, probablemente una entidad significativa dentro de este mercado, aborda este desafío.
F- Gobierno Corporativo:
El Gobierno Corporativo no es simplemente un término de moda en el mundo empresarial; es un conjunto de prácticas y principios que determinan cómo se toman las decisiones dentro de una organización y cómo se gestionan sus recursos. En el caso de Bolcomer, este sistema se presenta como una herramienta esencial para garantizar que la entidad avance hacia el cumplimiento de sus objetivos de manera eficiente y ética.
Uno de los puntos centrales del párrafo es la "coordinación de las relaciones entre los accionistas, la Junta Directiva, la Gerencia y los organismos de control". Esta frase destaca que el Gobierno Corporativo no se trata solo de la toma de decisiones internas, sino de cómo estas decisiones afectan y son influenciadas por diferentes actores. En el ámbito bursátil, donde las decisiones pueden tener repercusiones significativas en el mercado y en los inversionistas, esta coordinación es crucial.
El artículo también enlista cinco principios que guiarán su Gobierno Corporativo:
1-Transparencia: Esto implica que todas las acciones y decisiones tomadas por la entidad deben ser claras y comprensibles para todos los actores involucrados. En un mercado donde la confianza es esencial, la transparencia garantiza que todos los participantes tengan una visión clara de cómo y por qué se toman ciertas decisiones.
2- Idoneidad: Se refiere a la necesidad de que las decisiones tomadas sean las más adecuadas y pertinentes para la situación en cuestión, basadas en el conocimiento y la experiencia.
3- Equidad: Este principio asegura que todos los actores, desde accionistas hasta empleados, sean tratados con justicia, sin favorecer a unos por encima de otros.
4- Rendición de Cuentas: Implica que aquellos en posiciones de poder y decisión deben ser responsables de sus acciones y decisiones, y estar dispuestos a justificarlas ante los demás actores.
5- Responsabilidad Corporativa: Va más allá de la mera legalidad y se adentra en el ámbito ético. Se refiere a cómo Bolcomer, como entidad, actúa de manera responsable no solo hacia sus accionistas, sino también hacia la sociedad en general.
G- Funciones, atribuciones y responsabilidades
El mercado bursátil, con su complejidad inherente y su influencia directa en la economía de una nación, necesita de estructuras y reglamentaciones claras para asegurar su correcto funcionamiento. La sociedad, como se refleja en el artículo 13 del Reglamento Operativo y de Funcionamiento, tiene un papel preponderante en esta tarea.
La introducción de este mecanismo de resolución de conflictos en el ámbito bursátil, será de especial utilidad. Por consiguiente, al propiciarse la introducción de una cláusula arbitral en las operaciones bursátiles se maximizan distintas ventajas en comparación con la solución de conflictos por medio de los tribunales ordinarios, dentro de las cuales podemos destacar:
a- Objeto de la comunicación
El objeto de la comunicación es informar al Banco Central de Costa Rica sobre cualquier transgresión a las disposiciones legales o reglamentarias en el ámbito bursátil. Esta comunicación permite al Banco Central tomar medidas adecuadas para garantizar el cumplimiento de las normas y reglamentos aplicables, proteger a los clientes y mantener la estabilidad del mercado
b- Transparencia
La comunicación oportuna de transgresiones contribuye a la transparencia en el mercado bursátil, ya que permite al Banco Central identificar y abordar posibles irregularidades que puedan afectar el correcto funcionamiento del mercado. Además, la transparencia es esencial para generar confianza entre los participantes del mercado y garantizar la integridad de las operaciones bursátiles
c- Estabilidad del mercado
La comunicación de transgresiones ayuda a mantener la estabilidad del mercado bursátil, ya que permite al Banco Central identificar y abordar posibles irregularidades que puedan afectar el correcto funcionamiento del mercado. La estabilidad del mercado es crucial para el crecimiento económico y la protección de los intereses de los inversores y clientes