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noviembre 14, 2023
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¿Cómo puedo inscribir una marca en Costa Rica?

¿Cómo puedo inscribir una marca en Costa Rica?

Introducción

En el transcurso de este artículo, se abordarán aspectos cruciales que delinean la protección de la propiedad industrial en Costa Rica, trazando una línea desde la normativa constitucional hasta los procedimientos prácticos.
Este análisis integral proporcionará una visión detallada del entorno legal que regula la propiedad intelectual en Costa Rica. Desde los fundamentos legales consagrados en la Constitución hasta las prácticas operativas que definen la protección de derechos, se explorará un panorama completo que servirá como guía esencial para comprender la complejidad y la importancia de este ámbito jurídico en el contexto costarricense.
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Inscripción de marcas

Normativa

La Constitución Política del país respalda de manera sólida estos derechos, otorgando especial atención a la propiedad exclusiva de obras, invenciones, marcas y nombres comerciales.
En este contexto, resulta imperativo observar meticulosamente las disposiciones establecidas en la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, específicamente la Ley No. 7978 del 6 de enero de 2000, así como su Reglamento. Estas normativas proporcionan el marco legal necesario para llevar a cabo el registro de marcas, nombres comerciales o señales de propaganda, estableciendo pautas claras y procesos que garantizan la adecuada protección de los derechos asociados.
Adicionalmente, cabe resaltar que, Costa Rica ha suscrito diversos acuerdos internacionales relacionados con los derechos de propiedad intelectual e industrial. Este compromiso internacional posibilita que las marcas registradas en el país gocen de protección en otras naciones que forman parte de estos acuerdos.
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Clasificación de Niza

La protección de productos y servicios a través de marcas conlleva una clasificación conforme a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios de Niza.
De acuerdo con esta clasificación, cada solicitud de marca debe incluir la indicación de la clase específica correspondiente a los productos y servicios que se pretenden proteger. La marca será registrada de acuerdo con esta clasificación específica.
Para facilitar el acceso a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios de Niza, recomendamos visitar el sitio oficial de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). En este enlace: https://www.wipo.int/classifications/nice/nclpub/en/fr/, se pueden revisar las clasificaciones pertinentes para su marca, brindando así una herramienta valiosa para asegurar la precisión y conformidad en el proceso de registro.
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Registro de Propiedad Intelectual

El Registro de la Propiedad Industrial, como ente administrativo subordinado al Registro Nacional, desempeña un papel fundamental en la salvaguarda y protección de los derechos inherentes a la Propiedad Industrial. Su misión principal consiste en la meticulosa inscripción y registro de los diversos derechos vinculados a esta esfera, constituyéndose así en el custodio de la legalidad y legitimidad de tales prerrogativas.
El propósito fundamental del Registro de la Propiedad Industrial es garantizar la seguridad jurídica y el reconocimiento oficial de derechos asociados a elementos como marcas de ganado, patentes de invención, dibujos, modelos industriales, modelos de utilidad, nombres comerciales, marcas comerciales, expresiones o señales de publicidad comerciales, y demás signos distintivos que conforman el tejido de la Propiedad Industrial. Este registro, al ser un punto de referencia central, contribuye a la transparencia y orden en el ámbito de la propiedad industrial, asegurando así un entorno propicio para la innovación y el desarrollo económico.
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Procedimiento de inscripción de marca.

La inscripción de marcas, nombres comerciales o señales de propaganda en Costa Rica sigue un proceso claro y definido:
1.    Solicitud ante el Registro: Presentar una solicitud ante el Registro de la Propiedad Industrial, incluyendo información detallada sobre los productos o servicios a proteger, una descripción del negocio (en caso de nombres comerciales) y el diseño o logo en formato digital o impreso.
a.    Si el solicitando es extranjero, deberá adjuntar un poder especial válido para los procesos de inscripción y oposición de todas las marcas, nombres comerciales y señales de propaganda solicitadas.

2.    Examen de Evaluación: El Registro emite un "Informe de Novedad" y evalúa si la marca cumple con los requisitos señalados en la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y su Reglamento. En caso afirmativo, se publica una resolución oficial, dando a terceros un plazo de dos meses para oponerse.

3.    Publicación del edicto: El edicto correspondiente se difunde en el Diario Oficial La Gaceta. A partir de este acto público, se concede a terceros un período de dos meses para presentar oposiciones al registro. En ausencia de oposición durante este plazo, se procede con el siguiente paso del proceso. Esta medida no solo asegura la transparencia del procedimiento, sino también brinda a todas las partes involucradas la oportunidad debida para expresar sus posiciones y proteger sus derechos.

4.    Inscripción o proceso de Oposición: Si no hay oposición, se concede la inscripción y se emite un certificado de titularidad. En caso de oposición, el solicitante tiene dos meses para responder. La decisión del Registro puede ser apelada ante el Tribunal Registral Administrativo.

5.    Revocación y Apelación: Si el Registro rechaza la inscripción, la decisión puede ser revocada y apelada ante el Tribunal Registral Administrativo.

En conclusión, el proceso de inscripción de marcas en Costa Rica se revela como un meticuloso y estructurado conjunto de pasos, respaldado por una sólida base normativa que abarca desde la Constitución Política hasta la legislación específica en materia de propiedad industrial. Este artículo, al desglosar estos procesos clave, aspira a ofrecer una guía comprensiva para quienes buscan adentrarse en el complejo, pero esencial terreno de la inscripción de marcas en este país, subrayando la importancia de la legalidad y la diligencia en la protección de la propiedad intelectual.


Redactado por Licda. Carolina Castro