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octubre 29, 2025
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Mediación en Costa Rica: una vía efectiva para resolver conflictos

Mediación en Costa Rica una vía efectiva para resolver conflictos

La mediación es un mecanismo de resolución alterna de conflictos (RAC) que permite resolver disputas de manera colaborativa, ágil y sin recurrir a los tribunales. Se basa en el diálogo entre las partes con la guía de un mediador imparcial, quien facilita la comunicación y orienta la búsqueda de soluciones mutuamente satisfactorias. A diferencia del juicio o el arbitraje, la decisión no se impone: son las propias partes quienes construyen el acuerdo.

A diferencia de un proceso judicial o arbitral, en la mediación las partes conservan el control del resultado, pues son ellas quienes construyen la solución con el acompañamiento del mediador. Este no impone decisiones, sino que facilita la comunicación y el entendimiento entre las partes.

En términos prácticos, la mediación fomenta una cultura de diálogo y cooperación, favorece la reconstrucción de relaciones deterioradas y promueve soluciones creativas que atienden los verdaderos intereses de las partes involucradas.

 

Índice
Marco jurídico en contratación pública
Procedimiento y ámbito de aplicación
Ventajas prácticas de la mediación
Retos y desafíos

 

Marco jurídico en contratación pública

El sustento constitucional de la mediación está en el artículo 43 de la Constitución Política, que garantiza a toda persona el derecho a resolver sus diferencias patrimoniales mediante árbitros, incluso si existe litigio pendiente. Este reconocimiento constitucional ampara tanto a particulares como a entidades públicas, legitimando el uso de mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

En Costa Rica, la mediación se encuentra regulada en la Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social (Ley N.º 7727). Su artículo 2 reconoce el derecho de toda persona a recurrir a la negociación, la conciliación, la mediación o el arbitraje para solucionar diferencias patrimoniales de naturaleza disponible. Además, el artículo 9 otorga a los acuerdos logrados en mediación eficacia de cosa juzgada y fuerza ejecutoria inmediata, lo que les confiere el mismo valor que una sentencia judicial firme.

Además, el artículo 18 de la misma ley autoriza al Estado y a los entes públicos a someter sus controversias a través de un método de resolución alterno de conflicto, siempre que se trate de asuntos de naturaleza disponible, conforme al artículo 27 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (Ley N.º 6227).

La Sala Constitucional ha señalado que los mecanismos alternativos de solución de conflictos encuentran respaldo en los valores de la paz social y la eficiencia administrativa, siendo plenamente compatibles con el principio de legalidad.

En el ámbito internacional, Costa Rica reafirmó su compromiso con la mediación al adherirse en 2025 a la Convención de Singapur sobre Mediación, que facilita el reconocimiento y ejecución de acuerdos derivados de mediaciones internacionales.

 

Procedimiento y ámbito de aplicación

El proceso de mediación puede ser extrajudicial o judicial, según se realice fuera o dentro de un proceso formal.

Mediación extrajudicial:

Se realiza fuera de los tribunales y depende únicamente de la voluntad de las partes. Estas pueden acudir a un centro autorizado por el Ministerio de Justicia y Paz, a través de la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (DINARAC), o contratar mediadores privados acreditados. El acuerdo final debe constar por escrito y cumplir los requisitos de la Ley 7727 para ser ejecutable judicialmente.

 Mediación judicial:

En el ámbito judicial, el mecanismo equivalente a la mediación es la conciliación, la cual puede desarrollarse dentro de un proceso contencioso-administrativo. El juez, o un conciliador designado, convoca a las partes a una audiencia de diálogo asistido. Si logran un acuerdo total o parcial, este se homologa mediante resolución judicial, adquiriendo fuerza de cosa juzgada y poniendo fin al litigio en los extremos conciliados.

En ambas modalidades, la voluntariedad, confidencialidad y buena fe son principios esenciales. El mediador tiene el deber de guardar secreto profesional, y ninguna de las partes puede exigirle revelar lo conversado durante la sesión.

 

Ventajas prácticas de la mediación

La mediación ofrece beneficios notables, tanto para particulares como para instituciones públicas:

  • Celeridad: los conflictos se resuelven en semanas o meses, en lugar de años como ocurre en procesos judiciales.
  • Reducción de costos: evita gastos procesales, honorarios prolongados y sobrecarga judicial.
  • Confidencialidad: protege la imagen y reputación de las partes, al mantenerse en un ámbito privado.
  • Flexibilidad: permite diseñar soluciones adaptadas a las necesidades concretas del caso.
  • Restablecimiento de relaciones: fomenta el diálogo y la cooperación, evitando rupturas innecesarias.
  • Ejecución inmediata: los acuerdos debidamente formalizados tienen la misma eficacia que una sentencia firme.

Por estas razones, la mediación se considera un instrumento eficaz para descongestionar los tribunales y fortalecer la cultura de paz, alineándose con el mandato constitucional de promover la justicia pronta y cumplida.

 

Retos y desafíos

A pesar de sus ventajas, la mediación enfrenta obstáculos culturales dentro de algunas instituciones, donde aún predomina la idea de que “ceder” equivale a debilitar la posición jurídica del Estado.

Superar esta mentalidad requiere capacitación en resolución alternativa, profesionales con formación en mediación, negociación y resolución alterna de conflictos, y una política estatal coherente que promueva la mediación como primera opción.

 

Conclusiones

La mediación en Costa Rica se ha consolidado como una alternativa legítima, eficiente y humana frente a los métodos tradicionales de litigio. Su base constitucional, el desarrollo normativo de la Ley 7727 y su creciente aceptación en la práctica profesional confirman su rol esencial en la modernización del sistema de justicia.

Más allá de ser un procedimiento, la mediación representa un cambio cultural hacia el diálogo, la responsabilidad y la cooperación. En un contexto donde los tribunales enfrentan alta congestión, optar por la mediación significa promover soluciones pacíficas, reducir costos y preservar relaciones personales o comerciales.

En Officium Legal, impulsamos activamente el uso de la mediación como herramienta estratégica y jurídica. Acompañamos a nuestros clientes —instituciones, empresas y particulares— en la prevención, conducción y formalización de acuerdos que privilegian el entendimiento sobre la confrontación.

 

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