Blog Officium Legal

El principio de legalidad en Costa Rica

Escrito por Officium Legal | Oct 23, 2023 9:15:44 PM

El artículo 11 de la Constitución Política de Costa Rica garantiza el principio de legalidad, que deviene aplicable a las Administraciones Públicas -en sentido amplio- y sus funcionarios, de quienes indica que son “simples depositarios de la autoridad”.

Por su parte, el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública (LGAP) es el que amplía este principio desde una norma de carácter legal, al establecer que las administraciones se encuentran sometidas al ordenamiento jurídico; permitiéndole únicamente la realización de actos autorizados por ese ordenamiento.

Con ello, queda fijado el ámbito de actuación de las administraciones, que requieren regulación expresa para llevar a cabo sus potestades, como consecuencia de la prevalencia de las normas de carácter legal sobre la voluntad de los funcionarios que laboran para los entes y órganos que conforman la Administración Pública.

Así lo confirma el artículo 13.1 de la LGAP, que ratifica esa sujeción de las administraciones a las normas, tanto las escritas como las no escritas, que conforman el ordenamiento jurídico administrativo; e incluso, va más allá, pues acude al Derecho Privado, como fuente supletoria, en caso de ausencia de norma.

 

También puedes leer: La Importancia de la Junta Directiva en una Entidad Bancaria

 

Todo lo anterior se puede sintetizar manifestando que, en Derecho Público, lo que no se encuentra expresamente autorizado por el ordenamiento, sea norma o principio, no puede ser realizado por las administraciones; por lo que ningún caso debe quedar a expensas de interpretaciones subjetivas, aplicación de analogías o lecturas sesgadas y parcializadas, porque dichos vicios conllevan, indefectiblemente, la nulidad absoluta de los actos administrativos.

Del mismo modo, el principio de legalidad debe aplicarse en caso de omisiones por parte de las Administraciones Públicas, cuando el ordenamiento les exija una conducta determinada y aquellas no la cumplan; como puede suceder, por ejemplo, cuando tengan un deber de fiscalización y faltan a ese deber. Así, podemos afirmar que el principio de legalidad no sólo aplica a actos sino también es extensivo a omisiones; por lo que, en términos generales, aplica a todas las conductas.